martes, 15 de marzo de 2011

¿Qué tiene Sortu que no tuviese Batasuna?

                                          
La razón de este estudio surge de la inquietud, miedo, curiosidad, rencor, ira, esperanza, desazón, y así infinitos estados de ánimo que creo suscita—tanto a los más allegados como a los menos interesados—la legalización o no del nuevo partido creado en el País Vasco, llamado, como sabéis, Sortu,             que significa nacer, surgir, en euskera.
El tema de fondo del análisis que a continuación haré es la incompatibilidad del terrorismo y la democracia. Para saber si Sortu representa el terrorismo y pretende aún así formar parte del abanico de partidos políticos existentes en España, quiero comparar, sin ambages, las líneas generales de Batasuna y de Sortu. Con ello, podré responder fundadamente a la ansiada respuesta que esperan muchos españoles sobre la pregunta clave, a saber: ¿presenta Sortu características de una formación política que comulga con el terrorismo de ETA como lo fue la ilegalizada Batasuna?
Para responder a ello, atenderemos a la Ley de Partidos de 2002, partiendo de la hipótesis de que Sortu representa lo mismo que fue Batasuna respecto de HB o ANV. No creo que a muchos les extrañe partir de esta hipótesis, pero lo cierto es que la historia se ha repetido en este sentido y no el que habría sido deseable, y es que Batasuna finalmente abandonase su apoyo e incluso práctica a y de la violencia terrorista que representa ETA. Así, desde HB, los vascos independentistas han intentado concurrir a las elecciones a través de una sucesión de partidos que bien podrían haber sido el mismo, dado los fines que perseguían, estamos hablando de: EH, Batasuna, SA, AuB, HZ, AG, PCTV-EHAK, ASB, AS, ANV, Askatasuna, D3M, Iniciativa Internacionalista, solidaridad entre los pueblos, Bateragune, hasta la actual Sortu. Todos ellos suman un total de 14 partidos políticos que desde la instauración de la democracia en España han apoyado abiertamente el terrorismo. España lleva, desde que en 1978 se instaurase la democracia, 33 años luchando contra una banda terrorista que no contenta con acabar con multitud de vidas inocentes  ha intentado burlarse de los españoles haciéndose pasar por un partido político igual de legítimo que los vigentes, aunque técnicamente se hable del ``aparato político´´ y ``aparato militar´´. Esta consecución histórica de hechos, nos hace partir de dicha hipótesis. No obstante, por no caer en subjetivismos y empleando para el análisis los estatutos fundacionales de Sortu, el Manifiesto de refundación de HB en Batasuna, la demanda de la Abogacía del Estado de ilegalización de Sortu, así como variedad de noticias periodísticas que aludan al caso,  mi hipótesis podrá quedar corroborada o refutada, pero esto sólo lo sabremos al final, y no me refiero al final de este artículo.


Los estatutos fundacionales de Sortu se centran prácticamente en negar su relación con la banda terrorista ETA, negando así mismo ser la continuación de anteriores partidos ilegalizados (ver más arriba) que comulgaban con las ideas violentas para conseguir la independencia del pueblo vasco y la creación de un nuevo Estado. Nuevamente estamos ante un partido que se declara en la línea ideológica de la izquierda abertzale, con un proyecto independentista y socialista. Pero la totalidad de sus estatutos giran en torno a recalcar la voluntad de impulsar un proyecto democrático ``por vías exclusivamente políticas y democráticas´´, aunque por otro lado su fin sea la construcción democrática del ``Estado Vasco en el marco europeo´´. Expresan abiertamente su voluntad y deseo de contribuir con el resto de agentes políticos, sociales y sindicales a la ``desaparición de cualquier clase de violencia, en particular la de la organización ETA´´ y al ``reconocimiento y reparación de todas las víctimas originadas por la violencia´´. Se enmarcan además en la ideología del ``respeto a los procedimientos democráticos´´ y el empleo de medios legales de intervención en la vida pública. Las bases de esta ideología las resumen en siete puntos, a saber:
·         Independencia: ``formación de un Estado. Estableciendo relaciones de igualdad con otros Estados, pueblos y naciones´´. Este apartado muestra sin lugar a dudas que Sortu pretende crear un Estado Vasco independiente y en igualdad y competencia con el Estado español.
·         Eskaldunización plena: se pretende que el Euskera sea ``lengua nacional´´ de una ciudadanía ``pluricultural y multilingüe´´.
·         Socialismo
·         Paz basada en la Justicia y la Libertad: de nuevo vuelven a rechazar la violencia.
·         Feminismo
·         Solidaridad Internacionalista y Antiimperialista entre los pueblos: aseguran que Euskal Herria ``ha vivido en sus carnes la negación de sus derechos nacionales y la explotación económica y social´´. Ésta es la misma idea que han defendido los 14 partidos políticos anteriormente citados y cuyo argumento les dio, según ellos, razones para emplear la violencia. Desde un punto de vista ya personal, no creo que el pueblo vasco haya vivido ningún tipo de explotación ni económica ni social, y desde luego, sus derechos nacionales han sido respetados en los límites que marca la Constitución y las leyes, no sin embargo deberían haber sido respetados como consecuencia de un chantaje terrorista.
·         Democracia participativa
En el artículo 3 de los estatutos de Sortu, referente a la democracia interna del partido y su actividad externa, se vuelve a rechazar la violencia e igualmente en este artículo, existe un párrafo clave que insiste: ``para la garantía de tales incuestionables compromisos, la configuración estructural y fundacional de SORTU está orientada a impedir la realización de actividades que lo conviertan en instrumento de continuación o sustitución orgánica o funcional de los partidos políticos ilegalizados y disueltos en virtud de las sentencias de la Sala Especial del artículo 61 L.O.P.J. Tribunal Supremo´´.
Tras todo este análisis del contenido material de los estatutos de Sortu, a muchos les surgirá la siguiente duda: pero, ¿quiénes son sus componentes? Los nombres que figuran en los estatutos son los siguientes:
-          Miren Karmele Agirregabiria Agirre
-          José Javier Artola Zubillaga
-          Maider Etxebarria Akaiturri – Secretaria General
-          Rakel Jausoro Sáez de Camara
Nos interesan sus componentes en tanto en cuanto éstos hayan tenido cualquier tipo de relación con los anteriores partidos citados y/o directa o subsidiariamente con ETA. Lo cierto es que la demanda presentada ante el TS por la Abogacía del Estado contra el partido, declara que José Javier Artola Zubillaga era hasta febrero titular de una cuenta corriente para depositar fondos en ayuda al colectivo de presos de la banda terrorista ETA. En la presentación de Sortu  en Madrid, estos cuatro componentes no condenaron los actos violentos de ETA en el pasado, en concreto unos 800 asesinatos que la historia catalogará como el ``genocidio etarra´´ ni tampoco exige a ETA su disolución y/o la entrega de las armas. Por su parte, Rakel Jausoro fue miembro de AG, cuya candidatura fue anulada por el TS en 2005 y no amparada por el TC en el mismo año.           Por lo que respecta a la Secretaria General Maider Etxebarria, es hija del histórico dirigente de HB José Ramón Etxebarria, hermana de Alaitz, juntera en Álava por las listas de ANV y Joana, miembro de la mesa nacional de Batasuna en Navarra.

A pesar de todo esto, los estatutos de Sortu contrastan mucho con el Manifiesto de refundación de HB en Batasuna, pues estos últimos hacían referencia a: promover ``la lucha´´ como camino ``imprescindible´´, ``la movilización y la lucha popular son claves´´ "ya que sólo desde la presión popular, desde la movilización ciudadana, desde la desobediencia civil, las conquistas populares se hacen irreversibles". Aunque no dejan de ser curiosas las coincidencias materiales entre ambos estatutos, es el caso de la independencia, el socialismo y la consecución de un país euskaldun "compuesto de ciudadanos plurilingües". Tanto Batasuna como Sortu aluden en sus estatutos a los derechos de las mujeres y al equilibrio ecológico.
Volviendo a nuestra hipótesis, es cierto que no podemos afirmar sin lugar a dudas que Sortu es la continuación del último de los 14 partidos que se sucedieron tras Herri Batasuna; lo que sí es cierto es que contamos con un dictamen contra este partido enviado por la Abogacía del Estado a la Fiscalía, que sus componentes tienen todos—o casi todos—relaciones anteriores con alguno o algunos de los anteriores 14 partidos políticos que siempre han comulgado con ETA y que no extrañaría nada que la bondad que se desprende de los estatutos de Sortu no sean más que una manera de sortear el artículo 9 de la Ley de Partidos que prohíbe aquéllos que defiendan o empleen la violencia para conseguir sus fines.
A título personal, este partido crea desconfianza por la historia de los partidos que han contado como miembros con alguno o algunos de los actuales componentes de Sortu. De nuevo personalmente, encuentro causas razonadas  y razonables para argumentar que Sortu no merece ser legalizada. Es obvio que de contar con un estatuto que no respetase la ley de partidos, esa cuestión  estaría más que clara, pero creo que existen más cuestiones a valorar para determinar la legalidad de este nuevo partido, como son los antecedentes de sus miembros y/o su actitud en los medios de comunicación respecto de los atentados de ETA o su abandono de las armas, y lo cierto es que su actitud deja mucho que desear. Pero, a pesar de todo esto, no podemos olvidar que esto no es más que un análisis politológico e informativo de Sortu y que lo realmente importante que determinará su legalidad será el dictamen estricto y determinante que realice la justicia a tal efecto.
 

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Comparto tu opinión respecto a SORTU, y es que resulta del todo sospechoso que unas personas que, de modo directo o indirecto, han estado o continúan estando vinculadas a la banda terrorista, acepten de repente unos estatutos que aparentemente se desvinculan de la misma. Cierto es que estamos en un estado de Derecho, y que parece que la intención de este proyecto-de-partido es cumplir los requisitos legales, pero conviene no olvidar que los Tribunales vienen exigiendo una cuestión que es, a mi juicio, fundamental, y es que al margen de cumplir los requisitos que exige la propia Ley de Partidos, se pueda comprobar que, de hecho, existe un alejamiento de la banda terrorista y de cualquier apoyo, apología o aceptación del uso de las armas.

Será interesante ver cómo termina este asunto, aunque parece que no bastará con una lista de buenas intenciones incumplidas.

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Bárbara
Licenciada en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad de Valencia. Master - Certificado de Estudios Políticos. IEP de Lyon, Instituto de Estudios Políticos de Lyon, Francia. Consultoría política independiente: estudios sociopolíticos, predicción electoral y estudios postelectorales, estudios de opinión pública, cultura política y comportamiento electoral, marketing político y comunicación política.
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